jueves, 14 de mayo de 2015

LEGALIZACIÓN DE DOCUMENTOS DE ESTUDIOS DE EDUCACIÓN UNIVERSITARIA


LEGALIZACIÓN DE DOCUMENTOS DE ESTUDIOS DE EDUCACIÓN UNIVERSITARIA



Requisitos para Título original de Instituciones Públicas de Educación Universitarias: 

  1. Para Legalizar el TÍTULO ORIGINAL, el mismo debe estar firmado y sellado por el Registro Público correspondiente, además de traer como soporte de manera OBLIGATORIA el ACTA DE GRADO o NOTAS CERTIFICADAS.

  2. Copia de la C.I del TITULAR, la misma debe ser entregada de manera INEXCUSABLE. Sólo los padres del titular de los documentos no necesitan la autorización. Si la persona que consigna no es el titular del (los) documento (s) debe traer autorización por escrito y copia de C.I de ambas partes.

  3. Cancelar en la taquilla autorizada ubicada en la misma dependencia o en la entidad bancaria autorizada, las unidades tributarias que son un monto en BsF 30,40 Por Título.

  4. Nota: 
    Los títulos pertenecientes a instituciones privadas se legalizan directamente en el Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Exteriores, debido a que ya están refrendados por el Ministro del Poder Popular para la Educación Universitaria.

Requisitos para los Documentos: 


  1. Se Legalizan los documentos tanto de Instituciones Públicas como Privadas (Notas Certificadas, Actas de Grado, Constancias, Certificación de Fondo Negro, Diplomas de Menciones Honoríficas, Puestos y Rangos, Pensum, Programas de Estudios "Solo se presenta la Certificación de Programas"); debidamente sellados y firmados por la máxima autoridad según sea el caso:

    1. Universidades: RECTOR (A) O SECRETARIO (A).

    2. Colegios, Organismos Militares e Institutos Universitarios: DIRECTOR (A) O COORDINADOR (A) DE LA COMISIÓN A NIVEL NACIONAL.

  2. Copia de la CI del Titular, la misma debe ser entregada de manera INEXCUSABLE. Sólo los padres del titular de los documentos no necesitan la autorización. Si la persona que consigna no es el titular del (los) documento (s) debe traer autorización por escrito y copia de CI de ambas partes.

  3. Cancelar en la taquilla autorizada ubicada en la misma dependencia, las unidades tributarias que son un monto en BsF 32,00 Por Documento.

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