lunes, 7 de septiembre de 2015

LEGALIZACIÓN DE DOCUMENTOS DE EDUCACIÓN MEDIA





LEGALIZACIÓN DE DOCUMENTOS DE ESTUDIOS PARA SU RECONOCIMIENTO EN EL EXTERIOR

DOCUMENTOS QUE PUEDE LEGALIZAR:

  • Constancia de Promoción en el Nivel de Educación Inicial
  • Constancia de Promoción en el Nivel de Educación Primaria
  • Certificado de Educación Primaria
  • Notas Certificadas
  • Fondo Negro de las Notas Certificadas (en caso de que lo requiera)
  • Título de Bachiller
  • Fondo Negro del Título de Bachiller (en caso de que lo requiera)
  • Copia Certificada de Registro de Título (C.C.R.T)
  • Constancia de Estudio
  • Certificación de Programas
  • Relación de Cargo y Tiempo de Servicio
  • Documentos del I.N.C.E.S
  • Constancia de Registro de Centros Educativos (Academias Privadas)

ASPECTOS A CONSIDERAR ANTES DE CONSIGNAR DOCUMENTOS PARA LEGALIZAR

  • Solo se recibirán documentos originales emitidos por las instituciones correspondientes (M.P.P.E, e I.N.C.E.S.)
  • Todos los documentos probatorios de estudios donde el año de egreso sea anterior al año 2010, deben estar autenticados por la máxima autoridad de la Zona Educativa de la entidad federal correspondiente, (original y fondo negro).
  • Los documentos probatorios de estudios cuyo año de egreso sea posterior al año 2010, requieren de la firma del director del plantel (Resolución Nº 007506, MPPE 2.010).
  • Los Certificados y las Constancias de Promoción de los Niveles de Educación Primaria e Inicial deben estar identificados con el número de pasaporte en caso de no poseer cédula de identidad: No deben llevar la cédula escolar.
  • Para legalizar el Título original o Fondo Negro, deberá consignar copias de las notas certificadas con vista a las originales.
  • De tener dudas relacionadas con los tipos de documentos que debe legalizar, recomendamos comunicarse con la Embajada del País destinado; a fin de solicitar información sobre requisitos exigidos por el mismo.

REQUISITOS

  • 1. Documentación original.
  • 2. Copia fondo negro (Cuando sea el caso).
  • 3. Copia de cédula de Identidad ampliada y legible del titular, representante o autorizado.
  • 4. Todo autorizado debe traer un Poder o Autorización ORIGINAL, notariado y firmado por el titular.
  • 5. Familiares directos no necesitan autorización (Padre, Madre, Hijos, hermanos y cónyuges).
  • 6. Niños y niñas menores de edad, sin Cédula de Identidad, deben consignar copia del Pasaporte ampliado y legible.
  • 7. Consignar por cada documento a legalizar la cantidad de 0.4 Unidades Tributarias en especies fiscales (Timbres) del Distrito Capital. Niños, niñas y adolescentes están exonerados (Art. 09, LOPNA).

Recepción de Documentos

La recepción de los documentos será de lunes a Jueves, hora: 8:30 am a 11:30 am (se recibirán un máximo de 100 solicitudes diarias), esta se hará por terminal de la Cédula de Identidad, de acuerdo al siguiente cronograma:

Lunes: 0, 1 y 2
Martes: 3 y 4
Miércoles: 5 y 6
Jueves: 7, 8 y 9

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